publicidad

El Poder Judicial del Estado de Puebla, informa que en relación a la responsabilidad penal de Martín “N” por delito de feminicidio ocurrido en el mes de noviembre del año 2015, la pena impuesta por el Juez que conoció del asunto se encuentra estrictamente apegada a derecho.

La condena que le fuera impuesta consiste en una pena privativa de libertad de 50 años, con el beneficio de reducción por confesión en una tercera parte (16 años y 8 meses), de conformidad con lo previsto en el artículo 82 Ter del Código Penal del Estado de Puebla, por lo que la pena finalmente se fijó en 33 años y 4 meses de prisión, además de una multa de 750 días de salario mínimo vigente.

Es importante aclarar que de acuerdo con el artículo 3º Transitorio del Decreto publicado en el periódico oficial del Estado con fecha 27 de noviembre de 2014, los procedimientos penales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del Sistema Penal Acusatorio, serán concluidos conforme a las disposiciones vigentes al momento de su inicio; de ahí que resulte aplicable el contenido del referido artículo 82 Ter del Código Penal para el Estado, vigente en la época de la comisión del delito.

banner contrastes superior

Respecto a la reparación del daño, se condenó al sentenciado al pago de orden económico por la cantidad que resulte de mil 200 días de salario mínimo vigente en la época del delito, así como al pago de la reparación del daño moral por 3 mil días de salario vigente en la época.

Por lo anterior, el Poder Judicial del Estado refrenda su compromiso de una impartición de justicia ajustada a los parámetros y lineamientos que establecen las leyes, transparente, al alcance de todos y garante de los derechos humanos.