Las dos mujeres relacionadas con el ingreso del cadáver del bebé Tadeo al penal de San Miguel, fueron liberadas por una autoridad federal por considerar que no significan ningún riesgo a la sociedad, pero eso no quiere decir que hayan sido absueltas, siguen sujetas a proceso, indicó el fiscal general del estado, Gilberto Higuera Bernal, quien a su vez confía en que obtendrán una sentencia condenatoria en contra de Nadia Carolina y Jessica, civil y custodio del penal, respectivamente.

Ante el escándalo mediático que se generó por la liberación de las dos mujeres mencionadas: Nadia Carolina ingresó el cadáver del bebé Tadeo al penal de San Miguel y Jessica, la custodio, permitió el acceso de ambos, el fiscal Gilberto Higuera explicó ampliamente lo ocurrido.

Señaló que, ante los hechos suscitados el 10 de enero del 2022, iniciaron las investigaciones en el ámbito del fuero común, por los delitos previsto en el artículo 462 fracción primera de la Ley General de Salud, y además por delitos a la Ley Sobre Inhumaciones y Exhumaciones, Leyes y Reglamentos y Encubrimiento. Por esos delitos el Juez del Fuero Común las vinculó a proceso.

En su derecho a defenderse jurídicamente, los abogados de las dos mujeres solicitaron un amparo para que el caso fuera turnado a las autoridades federales. Nadia Carolina y Jessica, consiguieron así que el caso fuera declinado a un Juez Federal.

El Juez Federal decidió vincular a proceso a estas mujeres nuevamente, pero al no ser considerado un delito grave y considerar que las dos féminas no representan un peligro para la sociedad, el Juez de la federación les concedió enfrentar el proceso en libertad.

Es decir, Nadia Carolina y Jessica no fueron absueltas, están sujetas a proceso, pero lo enfrentan libres. El fiscal Higuera Bernal confió en que tendrán una sentencia condenatoria.

Gilberto Higuera precisó sobre este caso: “Quiero precisar que, las personas en ejercicio de sus derechos legítimos de defensa, promovieron un juicio de amparo, y el juicio de amparo llevó a que una autoridad determinara que lo que había que hacer era procesar por un delito federal, por estar previsto en la ley federal”.

Continuó el fiscal: “Lo que resolvió el Juez una vez notificada esta resolución, que además fue impugnada y llevada a un recurso de revisión y confirmada ya, fue vincular a proceso a las dos personas por este delito. Qué fue lo que resolvió además el Juez, que las personas no representaban un peligro para la sociedad y que por lo tanto podían llevar su proceso en libertad”.

El fiscal general precisó que no se trata de un absolución, llevarán su proceso en libertad, y llevarán su proceso ante un Juez de Distrito especializado en materia penal del poder judicial de la federación.

DATO PRECISO

El artículo 462 fracción primera dice: al que ilícitamente obtenga, conserve, utilice, prepare y suministre órganos, tejidos y sus componentes, cadáveres y fetos de seres humanos, se hará acreedor a una sanción de 6 a 17 años de prisión y multa por el equivalente de 8 mil a 17 mil días salarios mínimos vigentes en la época y zona de la comisión del hecho.