asesino de conductor

Odilón Larios Nava / @pueblarojamx

El Juez de Control vinculó a proceso al instructor de tiro de la Academia de Policía de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, por el delito de homicidio calificado en contra del porrista del equipo Puebla, al cual mató el pasado 20 de noviembre con un disparo en el abdomen en el barrio de La Luz.
Como se informó en este espacio el homicidio tuvo como móvil una discusión verbal entre los dos automovilistas. El hecho ocurrió en la avenida Juan de Palafox y Mendoza esquina con 14 Norte-Sur. El Juez de Control, en base a la exposición hecha por el Ministerio Público y el defensor del imputado, descartó que el homicidio haya sido en legítima defensa y también se descartó que el hoy occiso haya ido armado como declaró la familia del imputado a medios de comunicación el pasado sábado.
Dicha audiencia debió realizarse el día sábado, pero debido al desconocimiento del Sistema de Justicia por parte del defensor del instructor, el Juez de Control lo relevó del cargo y concedió un receso de diez horas para que Felipe “N”, pudiera conseguir un nuevo defensor. Finalmente se hizo asistir de un defensor de oficio.
Esta audiencia se reanudó este domingo por la tarde. El Juez de Control escuchó los argumentos de la parte acusadora, el Ministerio Público y del nuevo defensor. Luego de eso el Juez encontró elementos suficientes para vincular a proceso a Felipe y concedió un periodo de cuatro meses de investigación para después establecer la fecha del juicio oral y así saber cuál es la sentencia que decreta el Juez.
Durante la exposición de los hechos el Fiscal dejó en claro que Daniel Alejandro Castro, el ahora occiso, quien era porrista del Club Puebla, no iba armado como los familiares del imputado mencionaron a medios de comunicación. Por su parte el Juez de Control dejó en claro que se trata de un homicidio calificado, es decir que no se trata de un homicidio en legítima defensa como el abogado defensor pretendía calificar el delito.
El juzgador señaló que no se puede considerar la legítima defensa porque no existió una “contienda de obra”, es decir nunca hubo una riña y que el instructor de tiro estuvo en ventaja por tener en su poder un arma de fuego.
Es por eso que el juzgador concedió un periodo de investigación de cuatro meses, tiempo durante el cual el imputado continuará ingresado en el penal de San Miguel.